Madrid, a 30 de abril de 2019

Acuerdo de adjudicación del concurso para la contratación de una empresa que realice el suministro y el montaje de colchonetas de asiento y de respaldo para adaptar en las butacas instaladas en el auditorio y retapizado de cuatro sillas y 50 caretas laterales del auditorio de la Fundación Lázaro Galdiano, F.S.P.

Finalizado el plazo de admisión de ofertas el día 15 de marzo de 2019, fueron recibidas en el Registro de la Fundación tres proposiciones de las siguientes empresas licitadoras:

ASCENDER SL (NIF: B-36654010), con domicilio en Ezcaray (La Rioja), Carretera Santo Domingo 69 y CP 26280 Ezcaray.

FIGUERAS SEATING SOLUTIONS S.L., (NIF: B-66664012), con domicilio en LLiçà d’Amunt (Barcelona), C/ Anselm Clavé, 224 y CP 08186 LLiçà d’Amunt (Barcelona).

MARPRIEH S.L., (NIF: B-37202272), con domicilio en SALAMANCA (Polígono Industrial Los Villares) C/Valderas, 17 y CP 37184 Salamanca.

El Órgano Asesor, al comprobar que las empresas licitadoras no habían presentado en sus propuestas toda la documentación que había sido solicitada, trasladó esta circunstancia al Órgano de Contratación que procedió con fecha 20 de marzo de 2019 a requerir los siguientes documentos:

-A la empresa ASCENDER SL (NIF: B-36654010), los certificados de garantía de calidad expedidos por organismos independientes, en concreto el certificado UNE-EN 1021 Parte 1 y Parte 2 y el certificado martindale UNE en ISO 12947.

-A la empresa FIGUERAS SEATING SOLUTIONS S.L., (NIF: B-66664012), la declaración ajustada al modelo ANEXO III que se adjunta en el Pliego de Cláusulas Administrativas referido a las empresas del grupo empresarial en su caso.

-A la empresa MARPRIEH S.L., (NIF: B-37202272), los certificados de garantía de calidad expedidos por organismos independientes y la declaración ajustada al modelo ANEXO III que se adjunta en el Pliego de Cláusulas Administrativas referido a las empresas del grupo empresarial en su caso.

Recibida la documentación requerida en el plazo que fue concedido, el Órgano Asesor analizó, ateniéndose a la documentación presentada por cada concursante si tales empresas estaban en condiciones de realizar la prestación del suministro, la ejecución del montaje y la adecuación de las butacas y sillas del auditorio de acuerdo con las previsiones establecidas y los compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el Pliego de Cláusulas Administrativas que regulan el concurso.

El día 12 de abril fue presentada por el Órgano Asesor a la Directora-Gerente el acta de conclusiones y su propuesta de preadjudicación del concurso. Después de haber evaluado de manera pormenorizada los diferentes criterios establecidos en los Pliegos de contratación fueron descartadas las empresas que no cumplían todos los requisitos técnicos exigidos. Analizadas al detalle todas las circunstancias “técnicas” que fueron requeridas en los Pliegos de licitación, se comprobó que solamente una de las empresas licitadoras aportó la documentación adecuada y expresó correctamente en su memoria de actuación todos los factores técnicos requeridos para este concurso.

Por consiguiente, el Órgano Asesor decidió por unanimidad recomendar al Órgano de Contratación la preselección de la oferta que inicialmente resulta con la mejor relación calidad-precio, y que resultó ser la proposición presentada por:

FIGUERAS SEATING SOLUTIONS S.L., (NIF: B-66664012), con domicilio en LLiçà d’Amunt (Barcelona), C/ Anselm Clavé, 224 y CP 08186 LLiçà d’Amunt (Barcelona).

La Directora Gerente, en atención a los informes recibidos, con fecha 16 de abril de 2019, decidió preseleccionar como adjudicataria del contrato a la empresa FIGUERAS SEATING SOLUTIONS SLU, (NIF: B-66664012), y requirió al licitador preseleccionado para que presentase los documentos que se reseñan en el apartado 13 del Pliego de Cláusulas Administrativas y, en concreto, para que acreditara:

1. La personalidad jurídica, la capacidad de obrar y, en su caso, la representación del apoderado.

2. Acreditación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

3. Copia auténtica del Alta en el impuesto de Actividades Económicas.

Con fecha 25 de abril de 2019, se recibe en el Registro de la Fundación los documentos que habían sido requeridos a la empresa FIGUERAS SEATING SOLUTIONS SLU. Una vez verificado que el licitador seleccionado inicialmente reúne todas las condiciones de aptitud para contratar con el Sector Público, el Órgano de Contratación procedió el día 30 de abril de 2019 a adjudicar definitivamente el contrato a favor de la empresa FIGUERAS SEATING SOLUTIONS SLU, (NIF: B-66664012), por un precio ofertado sin IVA de 27.910,79 € (son veintisiete mil novecientos diez euros con setenta y nueve céntimos, IVA NO INCLUIDO) por haber sido la empresa propuesta como adjudicataria por el Órgano Asesor al resultar ser la empresa que ha formulado la única oferta que ha cumplido todas las condiciones y requisitos establecidos en los Pliegos del concurso.

En consecuencia, y a tenor de lo previsto en el artículo 153 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Directora Gerente, en su calidad de Órgano de Contratación procederá a requerir al adjudicatario, FIGUERAS SEATING SOLUTIONS SLU, (NIF: B-66664012), para que formalice el contrato correspondiente. La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante de la Fundación.

Este escrito, dictado por la Directora-Gerente de la Fundación se publicará en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en el perfil del contratante de la Web oficial de la Fundación Lázaro Galdiano, F.S.P. Asimismo, se notificará a la empresa concursante.

Madrid, 30 de abril de 2019

Elena Hernando Gonzalo | Directora-Gerente

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